miércoles, 1 de octubre de 2014

DEUDA EXTERNA.


Aquella contraída con entidades o personas extranjeras del exterior y que generalmente está denominada en moneda extranjera. Los pagos por capital e intereses de las deudas externas, implican una salida de divisas y un aumento de la cuenta de los egresos de la balanza de pagos. Se contraen deudas externas cuando se financian importaciones, cuando los gobiernos contraen compromisos con bancos, organismos internacionales u otros gobiernos y cuando las empresas (públicas o privadas) solicitan préstamos para realizar inversiones o para otras necesidades. En este último caso, es frecuente que las empresas cuenten con un aval gubernamental que garantiza la devolución de sus préstamos ante los acreedores. Muchos países en desarrollo, necesitados de capital, contrajeron grandes deudas externas durante la época de los setenta, cuando a principios de la década de los ochenta aumentaron bruscamente los intereses en el mercado mundial, se produjo (en muchos de ellos) una crisis de pagos, la llamada “crisis e la deuda”. Los grandes compromisos contraídos obligaron a medidas de saneamiento fiscal, pues gran parte de la deuda la habían contraído los gobiernos y las empresas públicas, aplicándose los fondos a proyectos de escasa rentabilidad o muy larga maduración. Hacia mediados de esa década, se comenzaron a aplicar, diversos mecanismos para reestructurar la cuantiosa deuda existente y buscar formas de garantizar su pago.